El Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap) emitió el Instructivo INS/DP N° 0013/2026 mediante el cual prohíbe a guardaparques y funcionarios difundir información institucional, operativa o administrativa sobre las Áreas Protegidas a través de sus cuentas personales en redes sociales. La disposición generó el rechazo de la Asociación Boliviana de Guardaparques y Agentes de Conservación (Abolac), que se declaró en estado de alerta y solicitó la anulación de la norma.
El instructivo, firmado por la directora ejecutiva del Sernap, Cecilia Miranda, instruye a las 23 direcciones de Áreas Protegidas remitir un informe digital con el registro completo de sus cuentas institucionales en plataformas como Facebook, X, Instagram, TikTok y YouTube, incluyendo el nombre de la cuenta, enlace y datos de las personas responsables de su administración.
Además, establece expresamente que:
- Las cuentas personales de guardaparques o funcionarios no deben ser utilizadas para difundir información institucional, operativa o actividades internas.
- Toda comunicación institucional deberá publicarse únicamente a través de las cuentas oficiales del Sernap o de cada Área Protegida.
- Se prohíbe emitir comunicados oficiales, publicar fotografías, videos, informes u operativos institucionales desde cuentas personales o mezclar contenido privado con contenido institucional.
Según el documento, estas medidas buscan “resguardar la imagen institucional”, garantizar coherencia comunicacional y proteger datos oficiales. También dispone que cada área protegida remita fotografías y videos actualizados sobre fauna, flora, paisajes y actividades de conservación para fortalecer la producción de contenidos educativos e informativos desde los canales oficiales.

Rechazo de los guardaparques
En respuesta, la Abolac emitió el Pronunciamiento Público N° 001/2026, en el que expresa “profunda preocupación” por el alcance de las restricciones y advierte que podrían vulnerar derechos constitucionales vinculados a la libertad de expresión, el acceso a la información y la participación en la gestión ambiental.
La organización sostiene que, si bien es comprensible proteger información operativa sensible, la prohibición general podría afectar la difusión de información ambiental de interés público, como actividades de educación ambiental, conservación de la biodiversidad, turismo sostenible, trabajo comunitario y alertas sobre amenazas o ilícitos ambientales.
En su pronunciamiento, la asociación de guardaparques recuerda que la Constitución Política del Estado reconoce el acceso y difusión de información como derechos fundamentales, así como el derecho de la población a participar en la gestión ambiental. Asimismo, menciona que Bolivia ratificó el Acuerdo de Escazú, que obliga al Estado a garantizar un entorno seguro para las personas defensoras del medio ambiente, entre ellas los guardaparques.
La asociación también señala que las áreas protegidas constituyen un bien común y parte del patrimonio natural y cultural del país, y que los guardaparques tienen el deber constitucional de denunciar daños ambientales o amenazas a los ecosistemas.
En la parte resolutiva, la Abolac exhorta a la Dirección Ejecutiva del SERNAP a dejar sin efecto el instructivo y garantizar su compatibilidad con los derechos constitucionales. Además, recordó un antecedente de noviembre de 2023, cuando organizaciones periodísticas y de la sociedad civil rechazaron un instructivo similar por considerarlo censura previa.
Finalmente, la organización se declaró en estado de alerta permanente ante la aplicación de la medida y no descartó movilizaciones, aunque reiteró su disposición al diálogo técnico e institucional para fortalecer la gestión de las áreas protegidas sin afectar el ejercicio de derechos fundamentales.





