PRONUNCIAMIENTO 8M

La paridad no es una promesa, es un derecho y una deuda histórica con las mujeres bolivianas

Este 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, reafirmamos la lucha por la igualdad de género y el reconocimiento pleno de los derechos políticos de las mujeres en Bolivia. En 2024, más de 30 organizaciones de mujeres de todo el país, encabezadas por la Oficina Jurídica para la Mujer, el Foro Político Departamental de Mujeres y CIUDADANÍA, Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública, de Cochabamba, con el apoyo de la Fundación Jubileo, han trabajado en una propuesta ciudadana para garantizar la implementación del binomio paritario presidencial en las elecciones generales de agosto de este año. En un contexto político e institucional complejo, donde la democracia enfrenta constantes desafíos por la falta de independencia de los órganos del Estado y la ausencia de confianza en las instituciones, entre otras razones, la plena participación de las mujeres en los espacios de poder -más allá de la norma- es una condición imprescindible para su fortalecimiento. 

La propuesta del binomio paritario presidencial fue entregada por representantes de organizaciones de mujeres el 8 de julio de 2024 solicitando la inclusión y no discriminación en el Reglamento para la Inscripción y Registro de Candidaturas de las Elecciones Generales 2025, del texto “Todas las organizaciones políticas aspirantes a la presidencia del Gobierno central, a partir de las Elecciones Generales 2025 están obligadas a postular binomios presidenciales paritarios; entre las personas candidatas a presidente y vicepresidente, al menos una debe ser mujer para asegurar que en el resultado, gane quien gane las elecciones, se garantice la paridad de género en los cargos electos del Órgano Ejecutivo del Gobierno central”, con el propósito de que, finalmente, y sin depender de la voluntad política de operadores circunstanciales, Bolivia cuente con candidatas a la Presidencia y Vice-presidencia. 

Es una deuda pendiente con la lucha de las mujeres y con la democracia boliviana que asume la paridad, no como versión maximizada de la cuota de género para la representación política de una minoría, si no, como un cambio estructural de la comprensión de la democracia representativa y participativa, en el que la participación de las mujeres y los hombres convive en equilibrio pleno de derechos y responsabilidades en el ámbito público y privado. 

La norma lo establece. La Constitución Política del Estado es suficientemente clara cuando dice que “La participación [política] debe ser equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y mujeres” (art. 26.I) y la Ley de Régimen Electoral cuando señala, en el principio de equivalencia, que la paridad y alternancia de género aplica a “las listas de candidatos/as para todos los cargos de gobierno” (Ley 026 art. 2.h). 

Si bien el Tribunal Supremo Electoral, tres meses después de la entrega de la propuesta ciudadana presentó al Legislativo un Proyecto de Ley que propone modificar el Artículo 28 de la Ley 1096 de Organizaciones Políticas para promover en altos cargos electivos del país y asegurar que las nominaciones de candidaturas se realicen aplicando la paridad y alternancia entre hombres y mujeres, también para los cargos del Ejecutivo, -que debería ser tratada en estos días- es importante hacer notar que las organizaciones firmantes proponen ya un mecanismo de implementación al organismo electoral que no requiere ninguna ley adicional y que se sustenta en las atribuciones del organismo electoral, por lo cual resulta inaceptable admitir que la paridad y la alternancia en los cargos del Ejecutivo siga siendo una promesa pendiente, ya que se trata de un derecho constitucional y una deuda histórica con las mujeres bolivianas. 

Ya sea siguiendo la línea planteada por el TSE, para que la Asamblea Legislativa Plurinacional apruebe una ley que respalde la exigibilidad del binomio paritario presidencial, o, recuperando las atribuciones propias del Órgano Electoral y la independencia de los órganos del Estado, exhortamos a las autoridades electorales y a los representantes de los ciudadanos que componen la ALP, diputados y senadores a debatir y aprobar las normas y reglamentos necesarios y de manera oportuna, con el fin de garantizar el binomio paritario presidencial para las elecciones generales 2025, lo que garantizará condiciones igualitarias para el ejercicio efectivo de los derechos políticos de las mujeres. 

En este 8 de marzo, hacemos un llamado urgente al Tribunal Supremo Electoral y a la Asamblea Legislativa Plurinacional a fin de que encuentren el camino más adecuado para que la exigencia de la aplicación del binomio paritario presidencial forme parte de la reglamentación de las próximas elecciones generales como condición esencial para ir consolidando nuestra democracia. 

La Paz, marzo de 2025

Firman:

Organizaciones civiles

• Fundación Jubileo

• Alianza Observación Ciudadana de la Democracia

• Red UNITAS

• Foro Político Departamental de Mujeres

• Oficina Jurídica para la Mujer

• CIUDADANÍA, Comunidad de Estudios Sociales y Acción Pública

• Fundación Kallpa

• Defensores Independientes de Derechos Humanos

• Asociación Civil Mujeres por Bolivia

• Red Nacional de Promotoras Comunitarias de Prevención de la Violencia y Razón de Género

• Sinch’i Warmi – Sucre

• Cámara de Mujeres Empresarias de Bolivia

• CECACEM

• OMAK

• ODS en acción

• S.E.R. Jiwas Pacha

• Asociación Boliviana de Ciencia Política

• Asociación de Profesionales Gabriel René Moreno de la Provincia Germán Busch

• Abogados Somos Todos

• Colectivo Warmi Wara

• Asociación de Abogados Marcelo Quiroga Santa Cruz

• Movimiento Ciudadano por los Derechos Humanos y Medio Ambiente

• Asamblea Permanente de Derechos Humanos de la Provincia Germán Busch

• Sindicato de Trabajadores de la Prensa Capital Portuaria Puerto Quijarro

• Comité Cívico de Cochabamba

• Asociación Por Ti Mujer – Santa Cruz

• Comité de Juventudes por la Prevención – Tarija

• Casa de la Mujer

Ciudadana/os

• Eliana Roca CI 1539983

• Nicolás Ribera C. CI 2922771 

• Horst Grebe López CI 182174 

• Henry Pinto CI 4481604

• Erika Camacho Guzmán CI 3589640-1C

• Jimena Freitas CI 488361 

• Norah Quinteros Arratia CI 2867890 – 1G

• Marilyn Caren Valencia CI 5256938 

• Carlos Bellott López CI 4410698

• Mavel Herbas CI 975576

• María Salomé Terrazas Leytón CI 4413575

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