Defensa legal de los defensores de DDHH en asuntos ambientales

Hace aproximadamente sesenta años, en la Conferencia de Estocolmo de 1972, se inició el desarrollo e implementación de medidas e instrumentos «pasivos» para la conservación del medio ambiente. Estas acciones respondieron a la creciente preocupación por los impactos negativos de las actividades humanas en el planeta. A través de disposiciones regulatorias, conocidas como Derecho Ambiental, y la creación de instrumentos como las áreas protegidas, se buscó mantener los procesos naturales esenciales para la vida.

Sin embargo, a pesar de los avances logrados, el desarrollo no planificado, en contravención a las regulaciones ambientales y los instrumentos de conservación, ha superado estas medidas, obligando a una nueva etapa «reactiva» en los esfuerzos por preservar la vida en la Tierra.

Lamentablemente, estas medidas pasivas han sido rebasadas por diversos fenómenos sociales, incluyendo la inobservancia de las normativas ambientales y el uso indebido del sistema jurídico para amedrentar, atemorizar y silenciar a quienes se dedican a la conservación ambiental.

Es así, que durante el primer trimestre de la pasada gestión, guardaparques reportaron en sus redes sociales que un actor minero, conocido localmente por antecedentes de actividades mineras irregulares dentro del Parque Nacional y Área Natural de Manejo Integrado Madidi, habría ingresado maquinaria pesada para extraer ilegalmente minerales en esta área protegida, considerada la más biodiversa del mundo.

Sorprendentemente, este minero inició una acción penal contra dos guardaparques, acusándolos de difamación y calumnia, alegando que la publicación en redes sociales sobre sus actividades ilegales había dañado su honor. El sistema judicial boliviano admitió la demanda, lo que obligó a una reacción urgente para defender a los defensores ambientales.

Conscientes de que los guardaparques no podían costear su defensa legal ante esta inverosímil demanda, la Asociación Civil-Legal «Justicia Ambiental» y un grupo de profesionales multidisciplinarios formaron un equipo que, de manera gratuita, planificó y ejecutó una estrategia para contrarrestar la acción penal. Esta estrategia incluyó la difusión del trabajo de los guardaparques bolivianos, la importancia de conservar las áreas protegidas, y los riesgos de las actividades mineras irregulares.

Después de meses de arduo trabajo, y tras una audiencia de más de diez horas, el 15 de noviembre de 2023 se dictó sentencia absolutoria a favor de los defensores ambientales. Este veredicto confirmó que la conservación y protección del medio ambiente, así como la defensa de quienes lo protegen, son temas de interés para la sociedad boliviana, como lo demostraron las numerosas manifestaciones de apoyo de instancias públicas y privadas, tanto nacionales como extranjeras.

Esta experiencia reveló el desconocimiento de los operadores de justicia y funcionarios públicos sobre el régimen jurídico «especial» que ampara a los defensores ambientales, según la Constitución Política del Estado y el Convenio de Escazú. Estos marcos legales deberían garantizar el acceso a información, la posibilidad de iniciar demandas para proteger el ambiente, y la defensa estatal de quienes trabajan por la conservación, demostrando que la era de medidas pasivas ha concluido. Ahora es imperativo adoptar acciones activas y reactivas ante los nuevos desafíos sociales que amenazan la vida en nuestro planeta y a sus defensores.

Conclusiones

  • Es imperativo reconocer que las medidas e instrumentos adoptados hace 60 años para conservar el medio ambiente ya no son suficientes para enfrentar las actuales amenazas a la vida.
  • Las actuales amenazas para la conservación de la vida tienen su origen en dinámicas sociales, económicas y jurídicas propias de las sociedades humanas, lo que exige la participación de profesionales de las ciencias sociales para enfrentar estos desafíos y asegurar la preservación, conservación, protección y defensa del medio ambiente, las áreas protegidas y sus defensores.

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